1. Qué es la conservación de derechos
La conservación de derechos es el periodo durante el cual mantienes la posibilidad de tramitar pensión IMSS aunque ya no estés cotizando. No tiene que ver con perder semanas (las semanas son tuyas para siempre): tiene que ver con la vigencia para presentar el trámite. Está prevista en los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social.
Este matiz es importante porque la mayoría confunde "conservar semanas" con "conservar derechos". Tus 800, 1,000 o 1,500 semanas siguen registradas en el IMSS toda la vida. Lo que vence —si no cotizas— es la posibilidad de iniciar el trámite sin volver a cotizar antes.
Regla general (art. 150 LSS): tu periodo de conservación equivale al 25% del tiempo cubierto por tus cotizaciones, contado desde el día siguiente a tu última baja. Si no venció, puedes tramitar; si venció, debes reactivar primero.
2. Arts 150 y 151: conservación vs reanudación
Estos dos artículos suelen confundirse, pero regulan momentos distintos:
| Artículo | Qué regula | Cuándo aplica |
| Art. 150 | Conservación de derechos: el 25% del tiempo cubierto durante el cual mantienes vigencia para tramitar | Desde el día siguiente a tu baja |
| Art. 151 | Reanudación de derechos: cuántas semanas debes cotizar de nuevo para recuperar tu vigencia si ya venció | Cuando vuelves a cotizar tras un periodo de inactividad |
En palabras simples: el 150 te dice cuánto te dura y el 151 te dice cómo recuperarlo. Casi siempre que decimos "reactivar derechos" estamos aplicando la regla del 151 cotizando un mínimo de semanas adicionales.
3. Cómo se calcula tu periodo de conservación
Aplica la regla del 25% sobre las semanas cotizadas. Así se ve la equivalencia en distintos perfiles:
| Semanas cotizadas | Vigencia (sem) | Años aprox. | Si te diste de baja en… |
| 500 | 125 | 2.4 | Ene 2024 → vigencia hasta Jun 2026 |
| 750 | 187 | 3.6 | Ene 2022 → vigencia hasta Ago 2025 |
| 1,000 | 250 | 4.8 | Ene 2021 → vigencia hasta Oct 2025 |
| 1,250 | 312 | 6.0 | Ene 2020 → vigencia hasta Ene 2026 |
| 1,500 | 375 | 7.2 | Ene 2019 → vigencia hasta Mar 2026 |
| 2,000 | 500 | 9.6 | Ene 2017 → vigencia hasta Ago 2026 |
La cuenta se hace siempre desde el día siguiente a tu última baja, no desde tu última semana del reporte (en el reporte la baja a veces aparece con varios meses de retraso, pero el dato real es la fecha en que el patrón te dio de baja en SUA). Lee cómo consultar tus semanas cotizadas para obtener tu reporte actualizado.
4. Conservación de derechos vs vigencia médica (no es lo mismo)
Mucha gente cree que mientras tenga servicio médico vigente sus derechos de pensión también lo están. Falso: son dos vigencias completamente distintas.
| Característica | Conservación de derechos (pensión) | Vigencia médica |
| Base legal | Arts. 150 y 151 LSS | Art. 109 LSS |
| Duración | 25% del tiempo cubierto | 8 sem inmediatas + 1 sem por cada 4 cotizadas |
| Qué cubre | Posibilidad de tramitar pensión por cesantía, vejez o invalidez | Atención médica, hospitalización, medicamentos |
| Cómo verificarla | Calculando 25% sobre semanas + fecha de baja | Constancia de vigencia en serviciosdigitales.imss.gob.mx |
| Cómo renovar | Reactivar cotización (Mod 10 o 40) | Cotizar al menos 1 día como subordinado o Mod 10 |
Cuidado con esta confusión: que tengas vigencia médica activa (porque sigues yendo a tu UMF) no significa que tus derechos para tramitar pensión sigan vigentes. Verifica las dos por separado antes de iniciar cualquier trámite.
5. Cómo saber si ya venció tu vigencia (paso a paso)
- Descarga tu reporte de semanas cotizadas en serviciosdigitales.imss.gob.mx o IMSS Digital.
- Identifica la fecha exacta de tu última baja (último periodo del reporte).
- Calcula tu vigencia: semanas cotizadas × 0.25 = vigencia en semanas.
- Convierte a años: vigencia ÷ 52.
- Suma esa vigencia a la fecha de baja. Esa es tu fecha límite para tramitar sin reactivar.
- Si la fecha límite ya pasó, tus derechos están vencidos; si está por vencer (menos de un año), conviene actuar cuanto antes.
Mini ejemplo: 1,200 semanas cotizadas, baja el 1 marzo 2020. Vigencia: 1,200 × 0.25 = 300 semanas (≈5.77 años). Fecha límite: diciembre 2025. En 2026 sus derechos están vencidos y necesita reactivar antes de tramitar.
6. Documentos para verificar tu fecha de baja
El error más común es asumir como fecha de baja la del último día de trabajo recordado. La fecha real para conservación es la que registró el patrón en SUA. Para confirmarla:
- Reporte de semanas cotizadas oficial: muestra el último periodo cotizado y el patrón.
- Hoja de baja del IMSS (formato AFIL-04): si la conservas, ahí está la fecha exacta.
- Recibos de nómina o liquidación final: confirman el último día trabajado.
- Constancia de retenciones de ISR: muestra el periodo total laborado por año.
Si encuentras diferencias entre lo que recuerdas y lo que aparece en el reporte (por ejemplo, el patrón te dio de baja antes y siguió pagándote en negro), es importante presentar queja ante la Subdelegación con pruebas, porque puede cambiar tu fecha de vigencia. Lee cómo unificar tu NSS si sospechas que tienes más de un número.
7. Errores comunes que aceleran el vencimiento
- Suponer que la vigencia se cuenta desde la última semana del reporte: se cuenta desde el día siguiente a la baja oficial en SUA.
- Confundir vigencia médica con conservación de derechos: son dos cosas distintas (ver sección 4).
- No revisar el reporte cada año: hay bajas patronales fantasma (patrón te dio de baja sin avisar) que cambian la fecha real de vigencia.
- Cotizar en informalidad sin SUA: trabajar en negro no genera vigencia ni semanas.
- Esperar a tener 65 años para revisar: a esa edad muchos descubren que su vigencia venció hace años y ya no tienen margen para reactivar.
- Descansar años después del último empleo: cada año sin cotizar consume tu vigencia sin que te des cuenta.
8. Qué pasa si tramitas pensión con derechos vencidos
No tramites antes de reactivar. Si presentas tu trámite con derechos vencidos, recibirás Resolución de Negativa de Pensión. Y peor: con esa Resolución el Afore puede ofrecerte retirar tu saldo como "única salida", y si firmas el retiro pierdes el derecho a pensión vitalicia LSS de forma irreversible. Reactiva primero, después tramita. Lee qué hacer ante una negativa de pensión.
- Negativa automática del IMSS por pérdida de vigencia.
- Riesgo de firmar retiro Afore como "salida" sin saber que existe la reactivación.
- Tiempo y desgaste perdidos en un trámite que no procede en ese momento.
- Posible afectación a tus familiares como beneficiarios de pensión indirecta (viudez, orfandad, ascendientes).
- Si firmaste la Negativa con retiro, prácticamente cierras la puerta a Ley 73 aunque después vuelvas a cotizar.
9. Cómo reactivar: Modalidad 10 vs Modalidad 40
| Característica | Modalidad 10 | Modalidad 40 |
| Quién aplica | Casi cualquier persona mayor de 16 años | Solo Ley 73 con baja reciente (<5 años) |
| Servicio médico | Sí, incluido | No (debes cubrirlo aparte) |
| Reactiva vigencia | Sí | Sí |
| Permite elegir SBC alto | No | Sí, hasta 25 UMAs ($87,982 en 2026) |
| Ideal para | Recuperar vigencia + servicio médico | Subir promedio de últimas 250 sem para Ley 73 |
| Costo aprox. mensual 2026 | $700 — $2,000 | $1,444 — $12,703 (14.438%) |
Recomendación por perfil: si estás en Ley 73 con baja reciente y quieres maximizar pensión, evalúa Modalidad 40. Si tu baja es de hace varios años, no calificas para Mod 40 o necesitas servicio médico, parte con Modalidad 10. En algunos casos la secuencia óptima es: primero Mod 10 para reactivar (6-12 meses) y luego Mod 40 para maximizar pensión (5 años).
10. Cuántas semanas cotizar para reactivar (art 151)
El artículo 151 de la Ley del Seguro Social establece reglas distintas según cuánto tiempo llevas sin cotizar:
| Tiempo desde la baja | Semanas a cotizar | Tiempo aprox. | Notas |
| Hasta 3 años | 0 (inmediata) | Al reinscribirte | Se reactiva al momento de tu nueva inscripción ante el IMSS |
| 3 a 6 años | 26 semanas | ≈6 meses | Reactivación estándar para la mayoría de prestaciones |
| Más de 6 años | 52 semanas | ≈12 meses | Reactivación completa; algunas prestaciones pueden requerir análisis caso por caso |
Estas semanas nuevas no se restan de tus cotizadas anteriores: se suman. Tus semanas previas siguen contando para el mínimo legal, cuantía básica e incrementos por año. Lee Ley 73 vs Ley 97 para entender cómo impactan las semanas en cada régimen.
11. Ejemplo 1 · Doña Margarita, 56 años, Ley 73
Doña Margarita trabajó 19 años como secretaria en Querétaro y se dio de baja para cuidar a su mamá. Cuando volvió a buscar trabajo formal habían pasado 6 años. Creía que podía pensionarse a los 60 sin problema. Al revisar números, su vigencia era de 250 semanas (≈4.8 años) desde su última baja, y ya había vencido por más de un año.
| Concepto | Dato |
| Régimen | Ley 73 |
| Semanas cotizadas | 1,000 |
| Vigencia teórica (25%) | 250 semanas (≈4.8 años) |
| Tiempo desde la baja | 6 años |
| Estado al consultarnos | Vencida |
| Estrategia | Modalidad 10 por 12 meses (52 sem) para reactivar |
| Inversión en reactivación | ≈$14,400 ($1,200/mes × 12) |
| Resultado | Vigencia restablecida; plan para tramitar a los 60 con 1,052 semanas |
Sin esa reactivación, Doña Margarita habría recibido negativa en ventanilla y, probablemente, le habrían ofrecido retirar su Afore (~$180,000) como "única salida". Con la reactivación conserva el derecho a una pensión vitalicia estimada en $8,500-$10,000 mensuales, que a lo largo de 25 años supera los $3 millones.
12. Ejemplo 2 · Don Ricardo, 49 años, Ley 97
Don Ricardo cotizó 13 años en una empresa de logística en CDMX y la dejó hace 2 años para emprender. Tiene 700 semanas, está en Ley 97 y le faltan al menos 175 semanas más para alcanzar el mínimo de 875 en 2026 (que sube 25 por año hasta 1,000 en 2031). Su vigencia vence en 1.4 años. Si no actúa, perderá la posibilidad de tramitar al cumplir 65 sin reactivar.
| Concepto | Dato |
| Régimen | Ley 97 |
| Semanas cotizadas | 700 |
| Vigencia teórica (25%) | 175 semanas (≈3.4 años) |
| Tiempo desde la baja | 2 años |
| Estado | Vence en 1.4 años |
| Estrategia | Modalidad 10 sostenida hasta 875+ semanas |
| Semanas por cotizar | 175+ (≈3.4 años en Mod 10) |
| Resultado proyectado | Vigencia indefinida y mínimo Ley 97 cubierto antes de los 55 |
13. Lo que NO debes hacer si te dicen que tu pensión está vencida
- No firmes la Resolución de Negativa sin haber consultado la opción de reactivación.
- No retires el saldo de tu Afore creyendo que es la única salida: el retiro como Negativa cierra el derecho a pensión LSS de por vida.
- No te dejes convencer por gestores que aseguran que con un pago "te arreglan los años" sin cotizar realmente: cualquier reactivación válida pasa por SUA y aparece en tu reporte oficial.
- No retrases la reactivación si tu vigencia está cerca de vencer: cada mes que pasa son cuatro semanas menos de tu vigencia restante.
- No confundas estar dado de alta en IMSS Bienestar con cotizar: IMSS Bienestar da servicios médicos pero no genera semanas ni conservación para pensión.
14. Para profundizar
- Cómo consultar tus semanas cotizadas IMSS
- Qué hacer ante una negativa de pensión
- Modalidad 10 para trabajadores independientes
- Modalidad 40: cuánto pagar y tiempo óptimo
- Ley 73 vs Ley 97: cuál te conviene
- Unificar NSS IMSS
15. Preguntas frecuentes
¿Si dejé de cotizar hace 8 años perdí mi pensión?
Las semanas cotizadas no se pierden nunca, pero sí pierdes la vigencia para tramitar pensión. Antes de iniciar trámite necesitas reactivar tus derechos cotizando de nuevo bajo Modalidad 10 o, si calificas para Ley 73 con baja reciente, Modalidad 40.
¿Cuánto dura mi conservación con 800 semanas?
Aproximadamente 200 semanas, equivalentes a unos 3 años y 10 meses contados desde el día siguiente a tu última baja. La regla del artículo 150 LSS es el 25% del tiempo cubierto por tus cotizaciones.
¿Modalidad 10 o Modalidad 40 para reactivar?
Modalidad 10 si necesitas servicio médico, tu baja es de hace varios años o estás en Ley 97. Modalidad 40 solo si estás en Ley 73 y tu baja es reciente (menos de 5 años). Si llevas más de 5 años sin cotizar, primero reactiva con Mod 10 y después puedes cambiarte a Mod 40.
¿Si reactivo recupero todas mis semanas anteriores?
Sí. Las semanas no se pierden, solo la vigencia para tramitar. Al reactivar, tus semanas anteriores siguen contando para pensión Ley 73 o Ley 97 y las nuevas se suman al total.
¿Cuántas semanas debo cotizar para reactivar?
Según el artículo 151 LSS: si tu interrupción fue de hasta 3 años, se reactiva al reinscribirte. Si fue de 3 a 6 años, necesitas 26 semanas nuevas. Si excede 6 años, necesitas 52 semanas. Conviene revisar caso por caso porque varía según la prestación.
¿La conservación de derechos protege también mi servicio médico?
No. La conservación del art 150 aplica a pensiones. El servicio médico tiene una vigencia distinta regulada por el art 109 LSS: 8 semanas inmediatas tras la baja más 1 semana por cada 4 cotizadas. Se agota mucho antes que la conservación de pensión.
¿Puedo perder mi pensión si retiro el saldo de la Afore?
Sí. Si firmas la Resolución de Negativa de Pensión para retirar tu Afore en una sola exhibición, pierdes el derecho a pensión vitalicia LSS de manera irreversible. Antes de firmar nada, asesórate.
¿Qué base legal regula la conservación de derechos?
Los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social. El 150 regula la duración del periodo (25% del tiempo cubierto) y el 151 establece las reglas de reanudación según el tiempo de interrupción. Verifica los textos vigentes al momento de tramitar.
Nota legal: La conservación de derechos está regulada por los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social vigente. Las cifras, plazos y reglas pueden actualizarse; verifica con fuentes oficiales (DOF, IMSS) al momento de tramitar. La información es general y cada caso requiere análisis individual.
¿Sospechas que tu vigencia está vencida o por vencer? Si quieres que calculemos tu conservación exacta y diseñemos tu plan de reactivación con Modalidad 10 o 40, escríbenos por WhatsApp.